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Domingo, 5 abril 2026
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25 de noviembre de 2025
NEUQUEN

Bloqueo Loma Lata: la Justicia Federal ordenó a la comunidad mapuche levantar el bloqueo

La jueza federal de Neuquén, María Carolina Pandolfi dictó una medida cautelar que obliga a integrantes de la comunidad Kaxipayiñ a cesar de inmediato el bloqueo que desde el 17 de noviembre mantienen sobre la ruta petrolera

Bloqueo Loma Lata: la Justicia Federal ordenó a la comunidad mapuche levantar el bloqueo
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La jueza federal de Neuquén, María Carolina Pandolfi, dictó este lunes una medida cautelar que obliga a integrantes de la comunidad mapuche Kaxipayiñ a cesar de inmediato el bloqueo que desde el 17 de noviembre mantienen sobre el “camino petrolero” de acceso a la Planta Turboexpander (TEX) y a los almacenes del área Loma La Lata–Sierra Barrosa, operados por YPF.

La decisión responde a una acción de amparo presentada por la petrolera estatal, que denunció graves perjuicios operativos, económicos, de seguridad y ambientales por la imposibilidad de ingresar vehículos, equipos y personal a las instalaciones.Entre los daños detallados por YPF se encuentran:Interrupción en la evacuación de gas y suministro de metanol y GLP.

Actas notariales acompañadas al expediente constataron la presencia de una barrera metálica, vehículos retenidos y un grupo de personas con banderas mapuches que impedían el paso, invocando que el lugar era “propiedad privada y comunitaria”.

Según YPF, las instalaciones afectadas se encuentran fuera del área relevada territorialmente a la comunidad Kaxipayiñ.En su fallo, la jueza Pandolfi ordenó:A los dos referentes demandados y a cualquier persona que obstruya el acceso, permitir el ingreso inmediato de YPF y sus contratistas.

Remover todo obstáculo físico (alambrados, tranqueras con candado, barreras, etc.).
Abstenerse en el futuro de cualquier acción que impida la libre circulación o las operaciones de la empresa, bajo apercibimiento de sanciones.

La magistrada fundamentó la urgencia de la cautelar en la necesidad de evitar la agravación de “perjuicios diarios” y consideró que el corte constituye un ejercicio abusivo del derecho a la protesta, que vulnera los derechos de YPF a ejercer industria lícita, comercio y libre circulación. La acción de amparo continuará su trámite por la vía sumarísima.

 

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